Despacho a Todo Chile En Artículos, Medicamentos y Recetas *consulte horarios de despacho 

Información Reglamentaria

Información Reglamentaria

Uso racional de medicamentos

La Organización Mundial de la Salud (OMS) en 1985 define que hay Uso Racional de los Medicamentos (URM) “cuando los pacientes reciben la medicación adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis correspondientes a sus requisitos individuales, durante un período de tiempo adecuado y al menor costo posible para ellos y para la comunidad”.

“El Uso Racional de los Medicamentos (URM) es un proceso que comprende la prescripción apropiada de los medicamentos, la disponibilidad oportuna de medicamentos eficaces, seguros y de calidad comprobada, a la mejor relación costo-beneficio, en condiciones de conservación, almacenamiento, dispensación y administración adecuadas.”

El URM promueve la calidad en el cuidado de la salud, asegurando que usemos los medicamentos sólo cuando sean requeridos y que comprendamos claramente el motivo de su uso y la forma correcta de utilizarlos en las dosis, intervalos y períodos de tiempo indicados por el profesional de la salud.
Fuente: “Uso Racional de Medicamentos: Una Tarea de Todos”. Minsal 2010.

 

Material para difusión de Uso Racional de Medicamentos:

Medicamentos Registrados por Minsal

Revisa los medicamentos registrados por el Minsal aquí

BIOEQUIVALENTES

Elige el sello amarillo en tus productos aquí

No se auto medique

Consulte a su Médico o farmacéutico sobre uso de medicamentos, no se auto medique, puede tener un grave riesgo para su salud. Esa conducta tiene riesgos que pueden ser muy peligrosos, como: presentar una reacción adversa, el tratamiento sea ineficaz para su dolencia; enmascarar u ocultar la enfermedad que verdaderamente padece o empeorar su estado de salud.

Consulte a su Médico o farmacéutico sobre uso de medicamentos, no se auto medique, puede tener un grave riesgo para su salud. Esa conducta tiene riesgos que pueden ser muy peligrosos, como: presentar una reacción adversa, el tratamiento sea ineficaz para su dolencia; enmascarar u ocultar la enfermedad que verdaderamente padece o empeorar su estado de salud.

 

CITUC

Para obtener mayor información toxicológica llamar al CITUC al + 56 22 635800

Decreto 466

Ministerio de Salud aprueba reglamento de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines y depósitos autorizados

Decreto 3

Ministerio de Salud; subsecretaría de salud pública aprueba reglamento del sistema nacional de control de los productos farmacéuticos de uso humano

 

Publicidad

La publicidad que se encuentra en farmazon.cl se encuentra ajustada a artículo 100 del código sanitario.

 

 

Información al paciente

 

Link

Información al Paciente

Mayor información
en www.ispch.cl

Folleto de información
al paciente

Ver aquí

Ver aquí

 

Link

Link

Reglamento de
estupefacientes

Reglamento de
psicotrópicos

Ver aquí

Ver aquí

 

Link

Link

Formulario nacional
de medicamentos

Petitorio mínimo

Ver aquí

Ver aquí

 

Link

 

Listado productos
equivalentes terapéuticos

 

Ver aquí